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Visas de Trabajo Temporal

VISAS DE TRABAJO TEMPORAL

Visa E-1

Comerciantes de tratado

Visa de comerciantes de tratado E-1

La política de inmigración de Estados Unidos apoya a inversionistas y el comercio exterior en una variedad de formas. La visa E-1 es emitida a personas conocidas como «comerciantes de tratado». Un comerciante de tratado debe ser un ciudadano de un país con el que Estados Unidos mantiene un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación o un Acuerdo de Libre Comercio que específicamente contenga las provisiones de la E-1.

El solicitante de la E-1 debe venir a los Estados Unidos para seguir conduciendo negocios de alta magnitud, o para desarrollar y dirigir las operaciones de un negocio en el cual él o ella ha invertido o pronto invertirá una cantidad considerable de capital. El comercio debe ser internacional en alcance y llevado a cabo principalmente entre Estados Unidos y el país de la ciudadanía del solicitante E-1. Además el inversor sí mismo, los empleados claves (ejecutivo, gerente o uno cuyos servicios son «esenciales para el funcionamiento eficaz de la empresa») también son elegibles para la visa E-1.

Una solicitud de visa E-1 podrá concederse inicialmente por dos años, y puede ser extendida en incrementos de dos años. Cónyuges e hijos de titulares de visa E-1 pueden acompañar al comerciante de tratado y son elegibles para solicitar y recibir la autorización de empleo.

Visa E-2

Inversionistas especiales

Visa de Inversionistas especiales E-2

La Visa E-2 se emite a individuos conocidos como «los inversionistas especiales». Un inversionista especial se define como un ciudadano de un país con el que los Estados Unidos mantiene un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación o un Acuerdo de Libre Comercio que específicamente contenga las provisiones de la E-2.

El inversionista especial debe ser capaz de demostrar que al venir a los Estados Unidos a participar en una inversión importante o a dirigir las operaciones de una empresa en la que el titular de la visa E-2 ha invertido o invertirá pronto una cantidad sustancial de dinero. El titular de visa E-2 debe ser dueño de más del 50% de la inversión propuesta, a menos que esa persona está entrando a los Estados Unidos como un empleado de un negocio que proporciona más del 50% de la inversión total.

La visa E-2 podrá concederse inicialmente por hasta dos años y podrá ser extendida en incrementos de dos años. Cónyuges e hijos de titulares de visa E-2 pueden acompañar al comerciante por tratado y son elegibles para solicitar y recibir la autorización de empleo.

Visa H-1B

Profesiones de especialidad

Visa H-1B

La visa H-1B permite a los trabajadores extranjeros en «profesiones especializadas» entrar a los Estados Unidos y trabajar en una variedad de empleos, incluyendo arquitectura, ingeniería, modelado, salud y medicina.

Esta visa se usa a veces para contratar trabajadores para el Departamento de Defensa (DOD, por sus siglas en inglés). La Visa H-1B ofrece una amplia gama de posibilidades de empleo y es a menudo el primer paso para obtener la tarjeta verde.

Con el fin de calificar para la clasificación H-1B, usted debe tener los conocimientos especializados en práctica y un bachillerato de Estados Unidos (o su equivalente en el extranjero) o mayor. Además, el trabajo debe exigir un bachillerato de Estados Unidos (o su equivalente en el extranjero). Esta no es una categoría que se pueda solicitar por uno mismo, así que un empleador patrocinante debe peticionar por usted. El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de un trabajador H-1B pueden acompañarle como dependientes H-4. Ellos, sin embargo, no están autorizados para el empleo si no cumplen los requisitos para autorización de empleo en alguna otra base independientemente. Los dependientes H-4 en cambio, pueden inscribirse y asistir a las escuelas en Estados Unidos sin necesidad de obtener una visa de estudiante.

Las visas H-1B son emitidas en incrementos de tres años, hasta un máximo de seis años. Después de alcanzar el límite de seis años, es necesaria una estancia de un año fuera de Estados Unidos antes de ser elegible para solicitar el estatus H-1B. Si el titular de visa H-1B también tiene una aplicación para certificación laboral o un empleo basado en una petición de visa de inmigrante, pendiente durante un año o más extensiones en incrementos de un año podrán concederse más allá del límite normal de seis años.

Visa H1-B1

Profesiones especiales de países específicos

Visa H1-B1

La visa H1-B1 es similar a la H-1B y es específicamente para personas en «ocupaciones especializadas.» Las H1-B1 son limitadas a extranjeros de ciertos países incluyendo Australia, Chile y Singapur. Esta categoría fue creada por el Tratado de Libre Comercio Estados Unidos-Chile y el Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos y Singapur.

Con el fin de calificar para una visa H1-B1, usted debe contar con el conocimiento especializado y un grado universitario de Estados Unidos (o su equivalente en el extranjero.) El trabajo debe exigir un grado universitario de Estados Unidos (o su equivalente en el extranjero).

Porque esta no es una categoría que se pueda solicitar por uno mismo, usted debe tener un empleador patrocinante de Estados Unidos.

El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de un trabajador de H1-B1 pueden acompañar a este individuo como dependientes H-4. Ellos, sin embargo, no están autorizados para el empleo si no cumplen los requisitos para autorización de empleo en alguna otra base independientemente. Ellos en cambio, pueden inscribirse y asistir a las escuelas en Estados Unidos sin necesidad de obtener una visa de estudiante.

Cómo solicitar

Usted debe recibir una oferta de trabajo por escrito de un empleador de Estados Unidos A diferencia de la visa H-1B, no hay necesidad de que el empleador presente una petición I-129 con el USCIS en los Estados Unidos. Sin embargo, para obtener la H-1B, necesitará un salario vigente y presentar una solicitud de condición laboral (LCA, por sus siglas en inglés).

Documentos Requeridos

Tanto usted como su empleador deben presentar documentos que prueben su elegibilidad. Es necesario que usted presente los siguientes documentos al solicitar en el extranjero:

  • Las solicitudes de visado completadas (DS-156) con una foto de carnet reciente de cada solicitante, de 1 pulgada cuadrada (37 mm x 37 mm), con toda la cara visible. La fotografía debe tomarse con un fondo fotográfico claro y sin cubrir la cabeza.
  • Para los hombres de entre 16 a 45, se requiere la solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante DS-157.
  • Un pasaporte válido por al menos seis meses más que la duración de la visita prevista.
  • Prueba de la intención de no inmigrante.

Su empleador debe proporcionar lo siguiente:

  • Copia certificada del LCA
  • Oferta de trabajo por escrito

Visa H-2A

Trabajo estacional

Visa H-2A

La Visa H-2A es la más funcional de todas las categorías de visas. Visas H-2A llenan una necesidad concreta de temporadas para los empleadores estadounidenses y permitan la entrada a los Estados Unidos a trabajadores extranjeros para trabajar en la agricultura.

La Visa H-2A no se puede pedir para uno mismo. Los empleadores deben demostrar que no hay trabajadores disponibles en Estados Unidos para llevar a cabo el trabajo requerido. Aunque se trata de una visa temporal, está puede ser extendida hasta un máximo de tres años.

Los cónyuges de los trabajadores y los hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañarle en los Estados Unidos bajo la visa H-4. Los dependientes no pueden trabajar a menos que califiquen independientemente y reciban una visa de trabajo.

Visa H-2B

Necesidades temporales

Visa H-2B

Si bien existe una cantidad limitada de visas H-2B emitidas cada año, esta visa es menos útil. La Visa H-2B permite a las empresas de Estados Unidos, tales como hoteles, empresas de construcción, y paisajistas a cubrir necesidades temporales con trabajadores no inmigrantes.

Muchas personas que no pueden obtener una visa O ó P deciden solicitar una visa H-2B.

Cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar a titular de la visa H-2B en los Estados Unidos bajo la visa H-4. Sus dependientes no pueden trabajar a menos que ellos califiquen independientemente y reciban una visa de trabajo.

Visa H-3

Capacitación y educación

Visa de entrenamiento H-3

La visa H-3 está diseñada para permitir a los trabajadores en «cualquier área de desempeño» (excepto entrenamiento o educación médica de posgrado) entrenar en los Estados Unidos. La visa H-3 es la más usada para entrenamiento en agricultura, tecnología, comunicaciones, gubernamentales y liderazgo en educación especial.

Documentos requeridos

Junto con la solicitud requerida, la visa H-3 requiere que el entrenamiento:

  • No está disponible en su país de origen
  • Beneficiará al extranjero nacional en su carrera
  • No colocará al extranjero nacional en una posición en la operación normal de los negocios que normalmente está lleno por trabajadores estadounidenses
  • No implicará empleo productivo a menos que sea incidental y necesario para el entrenamiento y necesario para seguir la carrera en particular fuera de los Estados Unidos
  • Beneficiará al extranjero nacional en su carrera al salir de los Estados Unidos

Visa L-1

Transferencias dentro de la empresa

Visa L-1

Las empresas que operan tanto en los Estados Unidos como en el extranjero se benefician de la habilidad de transferir a los ejecutivos, gerentes, o empleadores con conocimientos especializados de un país a otro. La visa L-1 está abierta a empresas y organizaciones internacionales con oficinas en Estados Unidos para trasladar temporalmente a los empleados a su oficina en los Estados Unidos. Esta visa es conocida también como la visa del «transferidos dentro la compañía.»

Para recibir una visa L-1, el extranjero nacional debe haber trabajado para la compañía extranjera por al menos un año completo dentro de los últimos tres años antes de solicitar como ejecutivo, gerente o empleado con conocimiento especializado.

La visa L-1 permite la transferencia de gerentes, ejecutivos y personal con conocimientos especializados a una oficina filial o empresa asociada en Estados Unidos. Este visado está disponible en las siguientes categorías:

  • Visa L-1A – para ejecutivos y gerentes
  • Visa L-1B – para el personal con conocimientos especializados

El período máximo de una estancia autorizada en los Estados Unidos con una visa L-1A es de siete años, y cinco años para la L-1B. El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar al titular de una visa L-1 a los Estados Unidos a través de la visa L-2. Además, el estatus de la visa L-2 permite a los cónyuges trabajar.

Visa O-1

Habilidades extraordinarias

Visa O-1

Una visa O-1 está diseñada para personas con habilidades extraordinarias en una amplia gama de campos, incluyendo las ciencias, artes, educación, negocios, atletismo, industria cinematográfica o televisiva.

La visa O-1 debe ser solicitada por un empleador de Estados Unidos, una agencia en Estados Unidos o un empleador extranjero a través de un agente en Estados Unidos. Un cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar a un titular de visa O-1 en los Estados Unidos bajo la condición de la visa O-3, pero no estan autorizados a trabajar a menos que califiquen independientemente y reciban una visa de trabajo.

Para calificar para una visa O-1, usted debe evidenciar que usted posee “un nivel de conocimientos que indica que la persona es una del pequeño porcentaje que han surgido a lo más alto del campo de esfuerzo». Usted puede comprobar esto por recibo de un premio mayor reconocido internacionalmente, tales como el Premio Nobel, o documentación de por lo menos tres de los siguientes:

  • Recepción de premios a nivel nacional o internacionalmente reconocidos
  • Pertenecer a una organización que requiere el logro excepcional
  • Material publicado sobre el ciudadano extranjero en publicaciones comerciales principales o profesionales
  • Ser juez del trabajo de otros
  • Obra científica o académica original de gran importancia en el campo
  • Autoría del trabajo académico
  • Evidencia de empleo en una capacidad crítica o esencial con una organización de reputación distinguida
  • Evidencia de empleo en una capacidad crítica o esencial con una organización de reputación distinguida

Visa O-2

Personal de apoyo en atletismo y entretenimiento

Visa O-2

Personal de apoyo de los titulares de la visa O-1 en atletismo, entretenimiento y cine y producción de TV son elegible para una visa O-2.

Un empleador de Estados Unidos, una agencia de Estados Unidos o empleador extranjero a través de un agente de Estados Unidos debe peticionar la O-2. El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar en los Estados Unidos bajo el estatus de la visa O-3, ellos, sin embargo,no están autorizados a trabajar a menos de que ellos califiquen independientemente y reciban una visa de trabajo. El período máximo de una estadía autorizada con el estatus O es de tres años.

Visa P-1

Atletas y artistas

Visa P-1

Los artistas y atletas son esenciales para un intercambio cultural próspero. La comunidad global se beneficia grandemente con el trabajo de los más grandes filósofos y artistas de cada país. Las visas P-1 son otorgadas a artistas y atletas “reconocidos internacionalmente” que deseen trabajar y competir en los Estados Unidos. “Reconocidos internacionalmente” significa «un alto nivel de logro …evidenciado por un grado de habilidad y reconocimiento sustancialmente por encima de eso normalmente encontradas, en la medida que tal logro es renombrado, de liderazgo o muy conocido en más de un país.»

Atletas reconocidos internacionalmente pueden solicitar una visa P-1 con el fin de competir en los Estados Unidos, ya sea como individuo o como miembros de un equipo deportivo reconocido internacionalmente.

Grupos artísticos reconocidos internacionalmente pueden obtener el estatus P-1 como una entidad. Sin embargo, esta visa no se puede solicitar por separado para artistas individuales dentro de estos grupos.

Atletas

La entidad estadounidense solicitando la P-1 para atletas necesitará documentar que:

  • El atleta/equipo sea reconocido internacionalmente.
  • La competencia atlética tiene una reputación distinguida.
  • La competencia requiere la participación de atletas y equipos con una reputación internacional.

La petición debe incluir un contrato con una de las principales ligas o equipo deportivo de Estados Unidos o uno acorde con reconocimiento internacional y la evidencia de cualesquiera dos de las siguientes opciones:

  • “Participación significante con una liga deportiva principal de Estados Unidos en una temporada previa.»
  • Que el solicitante ha participado en «competencia internacional con un equipo nacional.»
  • «Participación significante con una universidad de Estados Unidos u otra universidad en una competencia intercolegial en una temporada previa.” Cartas que demuestran que el atleta o el equipo es reconocido internacionalmente.
  • Declaración de funcionario de Estados Unidos en el deporte sobre el atleta/equipo de reconocimiento internacional
  • Declaración de un experto o medios deportivos atestiguando el reconocimiento internacional
  • Clasificación del atleta/equipo
  • Honor o premio importante

O, en lugar de cualquiera de dos de lo anterior, el solicitante puede proporcionar prueba de empleo con un equipo de profesionales del deporte que se asocia con 6 o más equipos en una liga que ha combinado los ingresos de $10 millones o más, o un equipo de ligas menores afiliadas con dicha liga.

Al empleador de un artista solicitante de visa P-1 se le puede pedir que proporcione lo siguiente:

  • Carta de una organización laboral apropiada.
  • Prueba de que el grupo es establecido y ha estado trabajando con regularidad durante al menos un año.
  • Prueba de que el grupo ha recibido reconocimiento o premios internacionales o por sus logros sobresalientes en su campo o pruebas en al menos tres de los siguientes:
    • Ha trabajado en el pasado y en un futuro como acto principal en producciones o eventos que de una reputación distinguida como lo demuestran estudios, anuncios, comunicados de publicidad, publicaciones, contratos, o promociones.
    • Reconocimiento y aclamación internacional por logros sobresalientes en su campo, según lo evidenciado por comentarios en los principales periódicos, revistas profesionales, u otro material en publicación.
    • Servicios en el pasado o en el futuro desempeñándose como acto inicial o principal para establecimientos y organizaciones de reputación distinguida, como se evidencia por los artículos en los periódicos, revistas profesionales, publicaciones o testimonios.
    • Un registro de los principales éxitos comerciales o aclamados por los críticos, como lo demuestran indicadores tales como calificaciones o rangos, ingresos de taquilla, discos, cassettes, CD, videos, las ventas de descargas digitales, y otros reconocimientos como se han informado en publicaciones profesionales, los periódicos principales y otras publicaciones.
    • Reconocimiento significativo de sus logros de los críticos, organizaciones, agencias gubernamentales u otros expertos reconocidos en el mismo campo de trabajo que el extranjero solicitante, además de los testimonios, indicando claramente la autoridad del autor, experiencia y conocimientos de los logros del extranjero solicitante.
    • Comando en el pasado o en el futuro de un salario respetable u otra remuneración sustancial por «servicios comparables a otros en una situación similar en su campo, como se evidencia por contrato u otra evidencia confiable.

Admisión en el estatus de P-1 puede ser hasta por 5 años con una extensión igual. Equipos o grupos de entretenimiento P-1 pueden ser admitidos hasta por un año. Los cónyuges y dependientes pueden recibir los mismos períodos de admisión.

Visa P-2

Comparsas y bandas

Visa P-2

Las visas P-2 son emitidas a las bandas y grupos que entran en los Estados Unidos como parte de un programa de intercambio. El grupo de trabajo de Estados Unidos que negoció el acuerdo de intercambio, la organización patrocinadora o el empleador de Estados Unidos debe presentar su petición.

Al solicitante P-2 puede pedirle que proporcione lo siguiente:

  • Consulta escrita por una organización laboral apropiada.
  • Copia del acuerdo formal de un programa de intercambio recíproco entre la organización de Estados Unidos patrocinadora del extranjero y la organización en el país extranjero que recibirá al artista o animador de Estados Unidos.
  • Carta de la organización patrocinadora que describe el intercambio que va a tener lugar.
  • Prueba de que el solicitante de la visa no-inmigrante y el artista o animador de Estados Unidos tienen habilidades comparables y que los términos y condiciones de empleo son similares.
  • Prueba del acuerdo entre las organizaciones que participan en el intercambio.

Visa P-3

Artistas y animadores culturalmente únicos

Visa P-3

La visa P-3 permite «artistas culturalmente únicos» y a animadores viajar a los Estados Unidos para puestos temporales como intérpretes, maestros o entrenadores.

Tanto los organizadores como el empleador de Estados Unidos debe presentar la solicitud de la visa P-3. A los solicitantes P-3 se les puede pedir que proporcione lo siguiente:

  • Carta de la organización laboral
  • Cartas con el propósito de mencionar las habilidades y talentos culturales únicos del individuo en su campo
  • Prueba que «todas las actuaciones o presentaciones serán eventos culturales únicos» (USCIS)
  • Artículos y reseñas en periódicos, revistas, respetados y revistas que demuestran que los eventos serán culturalmente únicos

P-2, P-3 y los solicitantes de esencial apoyo podrán obtener admisión durante el tiempo necesario para completar el evento, hasta por un año. Las extensiones pueden concederse por el mismo tiempo. Los cónyuges y dependientes son elegibles para las mismas condiciones de admisión y extensión que los principales titulares de visa P-2 y P-3.

Visa R-1

Trabajadores religiosos

Visa R-1

La visa R-1 permite a los trabajadores religiosos entrar temporalmente en los Estados Unidos para el empleo en su vocación religiosa. Las monjas, monjes y maestros afiliados a una religión en particular, son ejemplos de trabajadores religiosos. Además, los trabajadores litúrgicos, instructores religiosos y directores de coro, catequistas, trabajadores en hospitales religiosos, misioneros, traductores religiosos, y las emisoras religiosas son elegibles para una visa R-1.

Un solicitante R-1 debe demostrar que él o ella pertenecen a una organización religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos por al menos dos años. La organización de Estados Unidos que hace la petición debe ser una organización religiosa sin fines de lucro, exenta de impuestos que es capaz de pagar el salario del trabajador, y en algunos casos, puede proporcionar alojamiento y comida.

Los trabajadores religiosos que viven fuera de los Estados Unidos deben solicitar una visa R-1 con su consulado. Los trabajadores religiosos que ya están en los Estados Unidos pueden solicitar a su empleador que soliciten «un cambio de estatus, prórroga de la estadía, o cambio de empleo.»

Los titulares de visas R-1 pueden permanecer en los Estados Unidos por hasta cinco años. El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar al trabajador religioso a los Estados Unidos bajo la visa R-2. Los titulares de la visa R-2 no están autorizados para trabajar en los Estados Unidos, pero si pueden asistir a la escuelas.

Para ministros, usted deberá:

  • Ser plenamente autorizado y entrenado por una denominación religiosa para realizar el culto religioso y realizar otras tareas usualmente realizadas por miembros autorizados del clero de esa denominación
  • No ser un predicador laico
  • Realizar actividades relacionadas a ser ministro
  • Trabajar exclusivamente como ministro en los Estados Unidos que puede incluir tareas administrativas incidentales a los deberes de un ministro

Para los trabajadores religiosos no ministeriales, usted deberá:

  • Un miembro de una denominación religiosa que tiene una organización religiosa de buena fe sin fines de lucro en los Estados Unidos durante al menos dos años anteriores a la solicitud
  • Venir a trabajar 20 horas o más por semana
  • Venir a trabajar en una vocación religiosa u ocupación

Normalmente se les pide a la organización peticionaria proporcionar lo siguiente:

  • Declaración delineando la propuesta de empleo, incluyendo «salario, beneficios y otras compensaciones» y las calificaciones del solicitante para el trabajo a realizar.
  • El nombre y la dirección de la organización donde se emplean los trabajadores religiosos.
  • Prueba de «afiliación de la organización con la denominación» en cuestión. (USCIS)

Visas TN

NAFTA

Visa TN (Tratado NAFTA)

Bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, por sus siglas en inglés), ciertos ciudadanos de Canadá y México son elegibles para entrar a los Estados Unidos para trabajar temporalmente bajo la condición de no-inmigrante TN. Los siguientes son los requisitos para ser elegible para la visa:

  • La profesión debe estar en la lista de NAFTA.
  • El extranjero debe poseer la educación/entrenamiento necesario para esta profesión.
  • El empleo propuesto debe ser clasificado como un empleo profesional.
  • El extranjero debe trabajar para un empleador de Estados Unidos.

Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad son elegibles para entrar a los Estados Unidos bajo las visas TD-1 y TD-2. Sus dependientes tienen la oportunidad de ir a la escuela en Estados Unidos pero no tienen permiso para trabajar.

Visa TN-1

Los ciudadanos canadienses que solicitan una visa TN-1 deben proporcionar lo siguiente:

  • Documento de su empleador delineando las responsabilidades del empleo, la duración de la asignación y el salario.
  • Prueba de que el empleado ha completado la educación o el entrenamiento necesario para el puesto.
  • Prueba de que el empleado tiene todas las licencias necesarias para el puesto.
  • Prueba de su ciudadanía canadiense.

Los ciudadanos canadienses no necesitan presentar una petición de empleo, el titular de una visa TN está autorizado a trabajar conforme con su estatus.

Visa TN-2

Los ciudadanos mexicanos son elegibles para aplicar para la visa TN-2. A diferencia de los ciudadanos canadienses, los solicitantes mexicanos deben solicitar en un consulado de Estados Unidos en su país de origen. Los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Un documento del empleador delineando las responsabilidades del empleo, la duración del mismo, y el salario.
  • Prueba de que el empleado ha completado la educación o el entrenamiento para necesario para el puesto.
  • Prueba de que el empleado tiene todas las licencias necesarias para el puesto.
  • Prueba de su ciudadanía mexicana.

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